Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (CAT)
- Emitido por
- United Nations General Assembly (resolution 39/46)
- Adoptado en
- 1984
- Tipo
- binding treaty
- Categoría
- human-rights
- Alcance
- universal

Qué dice, artículo por artículo
Article 1
Se define la tortura como todo acto por el cual se inflija intencionadamente dolor o sufrimientos graves, físicos o mentales, con fines como obtener información, castigar, intimidar o discriminar, cuando sean infligidos por un funcionario público o con su consentimiento, excluidos los dolores derivados de sanciones legítimas.
Article 2
Cada Estado debe adoptar medidas eficaces para impedir la tortura en su territorio, y ninguna circunstancia excepcional, incluida la guerra o una orden de un superior, puede justificar jamás la tortura.
Article 3
Ningún Estado puede expulsar, devolver o extraditar a una persona a otro Estado cuando haya razones fundadas para creer que estaría en peligro de ser sometida a tortura.
Article 4
Cada Estado debe velar por que todos los actos de tortura, las tentativas de tortura y la complicidad en la tortura sean delitos castigados con penas que reflejen su gravedad.
Article 5
Cada Estado debe establecer su jurisdicción sobre los delitos de tortura cometidos en su territorio, por sus nacionales, o por cualquier presunto autor que se encuentre en su territorio y al que no extradite.
Article 6
El Estado en cuyo territorio se encuentre un presunto torturador debe detener a esa persona, realizar una investigación preliminar y notificarlo a los Estados con interés en el caso.
Article 7
El Estado que no extradite a un presunto torturador debe someter el caso a enjuiciamiento con los mismos criterios que cualquier delito grave, garantizando un trato justo al acusado.
Article 8
La tortura debe considerarse delito extraditable en todos los tratados de extradición, y la propia Convención puede servir de base jurídica para la extradición entre Estados que no tengan un tratado vigente.
Article 9
Los Estados deben prestarse la mayor asistencia posible en los procedimientos penales relativos a los delitos de tortura.
Article 10
Cada Estado debe velar por que la enseñanza de la prohibición de la tortura se incluya en la formación del personal policial, militar, médico y de cualquier otro tipo que intervenga en la custodia o el trato de las personas detenidas.
Article 11
Cada Estado debe mantener bajo examen sistemático las normas y los métodos de interrogatorio y las disposiciones sobre la custodia, para impedir la tortura.
Article 12
Cada Estado debe velar por que se realice una investigación pronta e imparcial siempre que haya motivos razonables para creer que se ha cometido tortura en su territorio.
Article 13
Toda persona que alegue haber sido sometida a tortura tiene derecho a que su queja sea examinada pronta e imparcialmente por las autoridades competentes, con protección frente a represalias por haberla presentado.
Article 14
Cada Estado debe velar por que la víctima de tortura obtenga reparación y un derecho exigible a una indemnización justa y adecuada, incluidos los medios para su rehabilitación plena, y por que se indemnice a las personas a su cargo en caso de fallecimiento.
Article 15
Ninguna declaración obtenida mediante tortura puede invocarse como prueba en un procedimiento, salvo contra una persona acusada de tortura para demostrar que la declaración fue hecha.
Article 16
Cada Estado debe impedir también otros actos de trato o pena cruel, inhumano o degradante que no lleguen a ser tortura, cuando sean cometidos por un funcionario público o con su aquiescencia.
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Instrumentos éticos
- Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible / Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS): resumen de principios fundamentales, no el texto completo · del mismo autor: United Nations General Assembly
- Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW) · del mismo autor: United Nations General Assembly
- Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad (CRPD) · del mismo autor: United Nations General Assembly
- Convención sobre los Derechos del Niño (CRC) · del mismo autor: United Nations General Assembly
- Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial (ICERD) · del mismo autor: United Nations General Assembly
- Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (ICCPR) · del mismo autor: United Nations General Assembly
- Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (ICESCR) · del mismo autor: United Nations General Assembly
- Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas (UNDRIP) · del mismo autor: United Nations General Assembly
- Declaración Universal de Derechos Humanos (UDHR) · del mismo autor: United Nations General Assembly
Mencionado en
- Declaración Universal de Derechos Humanos (UDHR)
- Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas (UNDRIP)
- Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial (ICERD)
- Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (ICESCR)
- Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW)
- Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible / Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS): resumen de principios fundamentales, no el texto completo