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OMSA (Organización Mundial de Sanidad Animal), Código Sanitario para los Animales Terrestres, capítulo 7.1: principios rectores del bienestar animal

Zeynel Cebeci

Adoptado por: World Organisation for Animal Health (WOAH, formerly OIE) · Tipo: Norma cuasi vinculante · Alcance: Universal · Adoptado: 2004

El capítulo 7.1 del Código Sanitario para los Animales Terrestres de la Organización Mundial de Sanidad Animal, adoptado por primera vez en 2004 y actualizado por última vez en 2019, es lo más cercano que existe a una declaración internacional de principios de bienestar animal oficialmente adoptada. La OMSA es una organización intergubernamental fundada en 1924, con 183 países miembros, y desde un acuerdo de 1998 es el organismo normativo de referencia reconocido por la Organización Mundial del Comercio en materia de sanidad animal en el comercio, lo que da peso real a sus códigos aunque formalmente sean recomendaciones y no un tratado que los Estados ratifican uno a uno. El capítulo define el bienestar animal como el estado físico y mental de un animal en relación con las condiciones en que vive y muere, y funda sus principios rectores en las cinco libertades y las tres erres reconocidas mundialmente.

El capítulo 7.1 del Código Sanitario para los Animales Terrestres de la OMSA se adoptó por primera vez en 2004, y la versión que se conserva aquí es la actualización adoptada en 2019. No es un tratado que los Estados firmen uno a uno. Es una norma internacional adoptada formalmente y emitida por una organización intergubernamental, y la distinción importa para saber cuánto peso tiene.

La OMSA no es una organización de incidencia. Fue fundada en 1924 como Oficina Internacional de Epizootias, después de que 28 naciones se unieran frente a una peste bovina que estaba destruyendo medios de vida en todo el mundo. Pasó a llamarse Organización Mundial de Sanidad Animal en 2003, conservando la sigla OIE, y renovó por completo su identidad en 2023, en su centenario. Tiene 183 países miembros, su sede está en París y, desde un acuerdo de 1998, la Organización Mundial del Comercio la reconoce formalmente como el organismo normativo de referencia en materia de sanidad animal en el comercio internacional. Cuando se impugna la política comercial de un país sobre ganado o productos de origen animal, los Códigos de la OMSA son aquello a lo que acude un grupo especial de solución de diferencias de la Organización Mundial del Comercio. Técnicamente los Códigos son recomendaciones y no un tratado ratificado, pero ese reconocimiento comercial los vuelve, en la práctica, cercanos a lo vinculante. Esto es lo más parecido que existe a una declaración oficial, adoptada y universal de principios de bienestar animal.

El artículo 7.1.1 define la materia. El bienestar animal es el estado físico y mental de un animal en relación con las condiciones en las que vive y muere. Un animal goza de buen bienestar si está sano, cómodo, bien alimentado y seguro, si no padece estados desagradables como dolor, miedo y angustia, y si puede expresar comportamientos que son importantes para su estado físico y mental. El buen bienestar exige prevención de enfermedades y atención veterinaria adecuada, cobijo, manejo y nutrición, un entorno estimulante y seguro, un trato humanitario y un sacrificio o matanza humanitarios. El bienestar se refiere al estado del animal; el trato que el animal recibe queda cubierto por términos distintos, como cuidado animal, manejo zootécnico y trato humanitario.

El artículo 7.1.2 enuncia ocho principios rectores. Vinculan la sanidad animal con el bienestar animal; respaldan las cinco libertades reconocidas internacionalmente, que son estar libre de hambre, sed y desnutrición, de miedo y angustia, de incomodidad física y térmica, de dolor, lesiones y enfermedad, y la libertad de expresar patrones normales de comportamiento; respaldan las tres erres para el uso de animales en ciencia, que son la reducción del número, el refinamiento de los métodos y el reemplazo por técnicas que no usen animales; y exigen que los supuestos basados en valores que intervienen al ponderar la evidencia sobre bienestar se hagan tan explícitos como sea posible. También afirman con claridad que el uso de animales en la agricultura, la educación, la investigación, la compañía, la recreación y el entretenimiento aporta una contribución importante al bienestar humano, y que ese uso conlleva la responsabilidad ética de asegurar el bienestar de esos animales en la mayor medida posible. Otros dos principios señalan que un mejor bienestar de los animales de granja suele mejorar la productividad y la inocuidad de los alimentos, y que las normas de bienestar deberían compararse por resultados equivalentes medidos frente a criterios de desempeño, y no por diseños de sistema idénticos.

El resto del capítulo convierte esos principios en medición. El artículo 7.1.3 recoge que la evaluación científica del bienestar ha avanzado con rapidez y constituye la base de las recomendaciones, y describe las tres familias de medidas que se emplean: el funcionamiento deteriorado asociado a lesiones, enfermedad y desnutrición; las necesidades y los estados afectivos de los animales, como el hambre, el dolor y el miedo, evaluados a menudo a través de la intensidad de sus preferencias, motivaciones y aversiones; y las respuestas fisiológicas, conductuales e inmunológicas ante un desafío. El artículo 7.1.4 indica que las normas deberían poner el acento en resultados favorables para los animales, de modo que puedan aplicarse en todo el mundo, deberían preferir las medidas basadas en el animal, deberían definir metas o umbrales explícitos apoyados en la ciencia pertinente y en la experiencia experta siempre que sea posible, y deberían considerar válidas las medidas basadas en los recursos y en el manejo solo cuando estén claramente ligadas a un resultado de bienestar.

El artículo 7.1.5 ofrece once principios generales para los sistemas de producción pecuaria. La selección genética debe tener en cuenta la salud y el bienestar. Los animales introducidos en entornos nuevos deberían ser adecuados al clima local y capaces de adaptarse a las enfermedades, los parásitos y la nutrición del lugar. El entorno físico, incluido el sustrato, debería reducir al mínimo el riesgo de lesiones y de transmisión de enfermedades y parásitos, y debería permitir un descanso cómodo, un movimiento seguro y cómodo y la realización de los comportamientos naturales que los animales están motivados a realizar. El agrupamiento social debería permitir un comportamiento social positivo y reducir al mínimo las lesiones, la angustia y el miedo crónico. Para los animales alojados, la calidad del aire, la temperatura y la humedad deberían favorecer la buena salud, no deberían resultar aversivas y no deberían impedir la termorregulación natural. Los animales deberían disponer de alimento y agua suficientes para evitar hambre, sed, desnutrición o deshidratación prolongadas. Las enfermedades y los parásitos deberían prevenirse y controlarse mediante un buen manejo, aislando y tratando sin demora a los animales gravemente enfermos, o matándolos de forma humanitaria cuando el tratamiento no sea viable. Cuando no puedan evitarse procedimientos dolorosos, el dolor resultante debería manejarse hasta donde permitan los métodos disponibles. El manejo debería favorecer una relación positiva entre las personas y los animales, y no debería causar lesiones, pánico, miedo duradero ni estrés evitable. Y quienes son propietarios o manipuladores deberían tener destreza y conocimientos suficientes para tratar a los animales conforme a todo lo anterior.

Disposiciones principales · 20 disposiciones

  • Article 7.1.1

    Un buen bienestar animal requiere prevenir enfermedades, cuidados veterinarios apropiados, refugio, manejo y nutrición, un entorno estimulante y seguro, y una manipulación y un sacrificio o matanza realizados de manera humanitaria.

    animal-welfare · veterinary-care · husbandry

  • Article 7.1.2(1)

    Existe una relación crítica entre la sanidad de los animales y su bienestar.

    animal-welfare · animal-health

  • Article 7.1.2(2)

    Las cinco libertades reconocidas mundialmente (vivir libre de hambre, sed y desnutrición; libre de temor y distrés; libre de molestias físicas y térmicas; libre de dolor, lesión y enfermedad; y libre para manifestar un comportamiento natural) son una guía valiosa para el bienestar animal.

    animal-welfare · five-freedoms

  • Article 7.1.2(3)

    Las tres erres reconocidas mundialmente (reducción del número de animales, perfeccionamiento de los métodos experimentales y reemplazo de los animales) son una guía valiosa para el uso de animales en la ciencia.

    animal-welfare · research-ethics · three-rs

  • Article 7.1.2(4)

    La evaluación científica del bienestar animal abarca diversos elementos que deben considerarse en conjunto, y los juicios de valor empleados para ponderarlos deben hacerse lo más explícitos posible.

    animal-welfare · scientific-assessment · transparency

  • Article 7.1.2(5)

    El empleo de animales en la agricultura, la educación, la investigación, la compañía, el recreo y el espectáculo contribuye de manera decisiva al bienestar de las personas.

    animal-use · human-wellbeing

  • Article 7.1.2(6)

    El empleo de animales conlleva la responsabilidad ética de velar por su bienestar en la mayor medida posible.

    animal-welfare · ethical-responsibility

  • Article 7.1.2(7)

    Mejorar el bienestar de los animales de granja puede aumentar la productividad y la inocuidad de los alimentos, y generar así beneficios económicos.

    animal-welfare · food-safety · economics

  • Article 7.1.2(8)

    Las comparaciones entre normas de bienestar animal deben basarse en la equivalencia de los resultados medidos por criterios de objetivos, y no en la similitud de los sistemas medidos por criterios de medios.

    animal-welfare · standard-setting

  • Article 7.1.5(1)

    La selección genética del ganado siempre debe tener en cuenta la sanidad y el bienestar de los animales.

    animal-welfare · livestock · genetics

  • Article 7.1.5(2)

    Los animales escogidos para introducirse en nuevos ambientes deben ser aptos para el clima local y capaces de adaptarse a las enfermedades, los parásitos y la nutrición del lugar.

    animal-welfare · livestock · environment

  • Article 7.1.5(3)

    El entorno físico ofrecido al ganado debe adaptarse a la especie, de modo que se reduzca al mínimo el riesgo de lesiones y de transmisión de enfermedades o parásitos.

    animal-welfare · livestock · environment

  • Article 7.1.5(4)

    El entorno físico debe permitir a los animales un descanso confortable, movimientos seguros y cómodos, y la posibilidad de manifestar los comportamientos naturales que están motivados a realizar.

    animal-welfare · livestock · natural-behaviour

  • Article 7.1.5(5)

    El agrupamiento social de los animales debe manejarse de modo que favorezca comportamientos sociales positivos y reduzca al mínimo las lesiones, el distrés y el miedo crónico.

    animal-welfare · livestock · social-behaviour

  • Article 7.1.5(6)

    En el caso de los animales estabulados, la calidad del aire, la temperatura y la humedad deben contribuir a una buena sanidad y no resultar adversas, y no debe impedirse a los animales usar sus métodos naturales de termorregulación.

    animal-welfare · livestock · housing

  • Article 7.1.5(7)

    Los animales deben tener acceso a suficiente alimento y agua para mantener una sanidad y una productividad normales y evitar hambre, sed, malnutrición o deshidratación prolongadas.

    animal-welfare · livestock · nutrition

  • Article 7.1.5(8)

    Las enfermedades y los parásitos del ganado deben prevenirse y controlarse mediante buenas prácticas de manejo, y los animales con problemas graves de salud deben aislarse y tratarse con prontitud, o sacrificarse de manera humanitaria si el tratamiento no es viable.

    animal-welfare · livestock · animal-health

  • Article 7.1.5(9)

    Cuando no se pueden evitar procedimientos dolorosos en los animales, el dolor resultante debe manejarse en la medida en que los métodos disponibles lo permitan.

    animal-welfare · livestock · pain-management

  • Article 7.1.5(10)

    El manejo del ganado debe promover una relación positiva entre las personas y los animales, y no debe causar lesiones, pánico, miedo duradero ni estrés evitable.

    animal-welfare · livestock · handling

  • Article 7.1.5(11)

    Los propietarios y cuidadores de ganado deben contar con habilidades y conocimientos suficientes para garantizar que los animales sean tratados conforme a estos principios de bienestar.

    animal-welfare · livestock · competence

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