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Convenio para la Protección de los Recursos Naturales y el Medio Ambiente de la Región del Pacífico Sur (Convenio de Numea / Convenio del SPREP)

NASA / ISS Expedition 24 crew

Adoptado por: Secretariat of the Pacific Regional Environment Programme (SPREP) · Tipo: Tratado vinculante · Alcance: Regional (Pacific Islands) · Adoptado: 1986

El tratado vinculante propio de la región de las Islas del Pacífico para su medio marino y costero, adoptado en Numea en 1986 y en vigor desde 1990, administrado por el SPREP desde Samoa con doce países y territorios del Pacífico como Partes. Su Secretaría lo describe como el principal acuerdo marco multilateral del Pacífico para la protección de los recursos naturales y el medio ambiente, y constituye el capítulo propio de la región dentro del Programa de Mares Regionales del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente. La protección se aplica mediante protocolos específicos, en un principio sobre vertidos y sobre emergencias de contaminación, y las Partes se reúnen cada dos años para evaluar el estado del medio marino del Pacífico y acordar nuevas medidas.

El Convenio de Numea fue adoptado en Numea, Nueva Caledonia, en 1986 y entró en vigor, junto con sus dos protocolos originales, en 1990. Lo administra la Secretaría del Programa Regional del Medio Ambiente del Pacífico, con sede en Samoa, y esa Secretaría lo describe como el principal acuerdo marco multilateral de la Región del Pacífico para la protección de los recursos naturales y el medio ambiente. Proporciona la columna vertebral jurídica de un Plan de Acción regional acordado en 1982 en la Conferencia del Pacífico Sur sobre el Medio Humano.

Es el capítulo propio del Pacífico dentro de un sistema global, y no un gesto regional aislado. El Convenio es el componente del Pacífico del Programa de Mares Regionales del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, lanzado en 1972, que aborda la degradación oceánica y costera en todo el mundo mediante marcos jurídicos adaptados a cada región. Los Estados insulares del Pacífico construyeron su propio instrumento vinculante dentro de ese programa en lugar de remitirse a instrumentos escritos en otra parte, y lo hicieron antes de que estuvieran en vigor las disposiciones ambientales de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar.

La protección se aplica mediante protocolos específicos y no mediante una única prohibición genérica. Los dos originales tratan los vertidos, en línea con el convenio mundial sobre vertidos de la Organización Marítima Internacional, y las emergencias de contaminación. Otros dos protocolos, sobre contaminación por hidrocarburos y sobre sustancias peligrosas y nocivas, fueron adoptados en 2006 y no habían entrado en vigor cuando se construyó este archivo, en agosto de 2026. La estructura permite que la región añada detalle vinculante a medida que aparecen nuevas amenazas, sin reabrir el tratado de base.

La gobernanza es continua y no un acto único de firma. Las partes se reúnen cada dos años para evaluar el estado real del medio marino del Pacífico, para considerar acciones conjuntas y para tomar las medidas adicionales que exijan los propósitos del Convenio. Doce países y territorios insulares del Pacífico son partes, y el órgano administrador es una autoridad ambiental regional construida y dirigida por los propios Estados del Pacífico, y no un organismo de la ONU con sede en otro lugar. El texto completo y los protocolos están publicados por el SPREP.

Disposiciones principales · 4 disposiciones

  • Principle 1

    El Convenio funciona como el principal acuerdo jurídico marco para proteger los recursos naturales y el medio ambiente en toda la región del Pacífico, construido por y para los Estados que viven allí.

    regional-treaty · environmental-protection

  • Principle 2

    El Convenio es el componente propio de la región del Pacífico dentro de un sistema mundial de acuerdos de mares regionales, lo que significa que los Estados insulares del Pacífico construyeron su propio instrumento vinculante en lugar de limitarse a acatar instrumentos escritos en otra parte.

    regional-seas-programme · self-determination

  • Principle 3

    La protección se aplica mediante protocolos específicos sobre vertidos, emergencias de contaminación, contaminación por hidrocarburos y sustancias peligrosas, lo que permite a la región añadir detalle vinculante a medida que surgen nuevas amenazas sin reabrir el tratado base.

    protocols · targeted-regulation

  • Principle 4

    Las Partes se reúnen cada dos años para evaluar el estado real del medio marino del Pacífico y tomar nuevas medidas, con lo que la protección es una obligación continua y no una firma de una sola vez.

    ongoing-governance · periodic-review

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