Convención para la Protección de los Bienes Culturales en caso de Conflicto Armado (Convención de La Haya de 1954): resumen de principios esenciales
Berthold Werner
Adoptado por: UNESCO · Tipo: Tratado vinculante · Alcance: Universal · Adoptado: 1954
La Convención de La Haya de 1954, de la UNESCO, es el primer tratado multilateral y el más completo dedicado a proteger el patrimonio cultural en tiempo de guerra. Su premisa declarada es que los daños a los bienes culturales, pertenezcan al pueblo que pertenezcan, constituyen un daño al patrimonio cultural de toda la humanidad, puesto que cada pueblo aporta su contribución a la cultura mundial. Los Estados se comprometen a preparar la protección en tiempo de paz mediante inventarios y planes de evacuación, a abstenerse de actos de hostilidad contra los bienes culturales y de usarlos de modo que queden expuestos a destrucción, y a inscribir los sitios más importantes bajo protección especial con un emblema distintivo. También se les pide crear unidades dentro de sus fuerzas armadas encargadas de proteger los bienes culturales y establecer sanciones reales para las infracciones.
La Convención de La Haya de 1954 fue adoptada en La Haya bajo el amparo de la UNESCO y es el primer tratado multilateral, y el más completo, dedicado exclusivamente a proteger el patrimonio cultural en tiempo de guerra. Su premisa moral está enunciada en su propio preámbulo: los daños causados a los bienes culturales, pertenezcan al pueblo que pertenezcan, constituyen un daño al patrimonio cultural de toda la humanidad, puesto que cada pueblo aporta su contribución a la cultura mundial.
Esa premisa cumple una función precisa. La Convención trata los monumentos, los sitios arqueológicos, el arte, los manuscritos y las colecciones científicas como algo digno de protección con independencia de en qué territorio se encuentren o de quién sea su propietario, lo que constituye un rechazo explícito de la destrucción del patrimonio del enemigo como acto legítimo de guerra. El patrimonio queda fuera del conjunto de cosas que una parte beligerante puede tratar como propiedad del bando contrario.
La protección es una obligación permanente y no una improvisación de tiempo de guerra. Los Estados se comprometen a adoptar medidas preventivas en tiempo de paz: inventarios, planes de emergencia frente a incendios o derrumbes, y planes para trasladar los bienes culturales a lugar seguro. La preparación tiene que ocurrir antes de que llegue la guerra, porque no puede hacerse una vez que ha llegado.
En cuanto a la conducción de las hostilidades, la Convención impone una contención activa, y no solo una prohibición del saqueo posterior. Los Estados se comprometen a no usar los bienes culturales de modo que queden expuestos a destrucción, y a abstenerse de todo acto de hostilidad dirigido contra ellos. Los bienes de muy alta importancia pueden inscribirse bajo protección especial y señalarse con el emblema distintivo de la Convención, de modo que quienes combaten tengan una señal visible e inequívoca de aquello que no debe atacarse.
La Convención trata esto además como una cuestión de disciplina militar y no solo de diplomacia. Se pide a los Estados que establezcan unidades especiales dentro de sus fuerzas armadas encargadas específicamente de proteger los bienes culturales, y que fijen sanciones reales para las infracciones. El texto completo y sus dos protocolos los publica la UNESCO.
Disposiciones principales · 6 disposiciones
Principle 1
Los daños a los bienes culturales de cualquier pueblo constituyen un daño al patrimonio cultural de toda la humanidad, puesto que cada pueblo aporta su contribución a la cultura mundial.
cultural-property · wartime-protection
Principle 2
El patrimonio cultural debe protegerse sin importar en qué territorio se encuentre ni de quién sea, lo que descarta la destrucción del patrimonio del enemigo como acto legítimo de guerra.
cultural-property · wartime-protection
Principle 3
Los Estados deben prepararse para proteger los bienes culturales antes de que llegue la guerra, mediante inventarios en tiempo de paz, planes de emergencia y planes para trasladar los bienes a lugar seguro.
cultural-property · preventive-measures
Principle 4
Los combatientes deben abstenerse de usar los bienes culturales de manera que queden expuestos a destrucción y de todo acto de hostilidad dirigido contra ellos.
cultural-property · military-conduct
Principle 5
Los bienes de mayor importancia pueden inscribirse bajo protección especial y señalarse con un emblema distintivo, de modo que los combatientes tengan una indicación clara de lo que no debe ser atacado.
cultural-property · special-protection
Principle 6
Los Estados deben crear unidades especiales dentro de sus fuerzas armadas encargadas de proteger los bienes culturales y establecer sanciones reales para las infracciones.
cultural-property · military-conduct · enforcement